viernes, 13 de junio de 2008

3.-Definición

La Conferencia Internacional del Trabajo la ha definido como: “La Cooperativa es una asociación de personas que se han agrupado voluntariamente para lograr un objetivo común, mediante la constitución de una empresa, democráticamente dirigida, aportando una cuota equitativa del capital necesario y aceptando una justa participación en los riesgos y en los frutos de esa empresa, en cuyo funcionamiento los miembros participan activamente”.[1]
“La cooperativa es una asociación autónoma de personas que se han unido en forma voluntaria para satisfacer sus necesidades económicas, sociales y culturales en común, mediante una empresa de propiedad conjunta y de gestión democrática (Alianza Cooperativa Internacional –A.C.I., Manchester 1995)”.
Es una empresa de producción, obtención, consumo o crédito, de participación libre y democrática, conformada por personas que persiguen un objetivo común, económico, social y cultural. En la que sus integrantes trabajan para conseguir el desarrollo sostenible de sus comunidades, a través de políticas formuladas y aceptadas por sus miembros.
Son organizaciones voluntarias, abiertas a todas las personas capaces de producir y/o utilizar sus servicios y dispuestas a aceptar las responsabilidades de ser socios, sin distinción de raza, género, clase social, posición política y religiosa, proporcionando educación, capacitación, adiestramiento, formación e información a todos sus integrantes. Administrativamente aplican enfoques, técnicas y herramientas gerenciales. Crean y desarrollan sus propias culturas empresariales, y son el resultado de iniciativas de emprendedores para satisfacer sus propias necesidades, definiendo objetivos y estrategias para mantenerse en el tiempo.
Es importante resaltar que son de propiedad colectiva, en las que todos sus miembros tienen los mismos deberes y derechos. Para conformar este tipo de asociaciones es necesario que se agrupen o se unan varias personas que tengan bien claro un proyecto en conjunto y deben estar organizadas según los parámetros establecidos en la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas.
[1] RODRIGUEZ PEREZ, José: “Empresas de Trabajadores o convidados de Piedra?”. Ediciones Norland, Bs. As., 1994, pág. 18.

No hay comentarios: